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El Ejecutivo emite decreto para controlar la eficiencia de las inversiones públicas

El Ejecutivo emite decreto para controlar la eficiencia de las inversiones públicas
27 de noviembre de 2015 - 09:33

El Presidente de la República, Rafael Correa, emitió el Decreto Ejecutivo 838 con el cual se establecen normas para el control de la eficiencia de las inversiones públicas de la función ejecutiva o con cargo al Presupuesto General del Estado (PGE).

Con fecha 25 de noviembre, el Decreto que está compuesto por 3 artículos, 3 disposiciones generales, 2 derogatorias, y una disposición final, busca tener un mayor control de la ejecución de los contratos para garantizar el uso eficiente de los recursos públicos.

El artículo 1 ordena a la entidades contratantes obtener el permiso de diferentes autoridades para continuar con el proceso de contratación cuando la suma total de los valores de los contratos complementarios, órdenes de trabajo, diferencia en cantidades de obra o similares y servicios, incluidos los de consultoría, derivados de un contrato principal originado en gasto corriente o de inversión, supera los montos, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en los siguientes casos:

- Si el monto de la diferencia fuere inferior al 15%, la aprobación la otorga la máxima autoridad de la institución.

- Si la diferencia va entre el 15% y 30%, en forma previa deberá contarse con el informe favorable del respectivo Ministerio Coordinador.

- Cuando la diferencia supere el 30%, a más de la autorización de la máxima autoridad y del Ministerio Coordinador, se deberá contar con informe favorable de Senplades.

- En caso de que una institución no tenga Ministerio Coordinador, la máxima autoridad deberá contar con el informe de Senplades.

En el artículo 2, en cambio, se dispone que cuando se trate de construcción de edificios, hospitales, escuelas, centros de salud y centros del buen vivir, cuyo presupuesto referencial contemple un valor que supere el 0,1% del monto del PGE, se procederá conforme a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

El último artículo hace referencia a una serie de articulados y decretos anteriores donde se delimitan las atribuciones, autorizaciones y procedimientos conforme a la ley. El Decreto se aplicará a todas las entidades de la Función Ejecutiva y a las empresas públicas. (I)

Para leer el decreto 838 completo de click aquí.

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